Cuando eres un acreedor y existe un deudor obligado a cumplir con algo específico en un contrato y no tiene voluntad de hacerlo:
¿Te imaginas poder ejecutar lo pactado, de forma forzosa, sin tener que contratar un abogado, sin plantear una demanda y sin que un Juez tenga que ordenar mediante sentencia el cumplimiento del deudor?
Yo si me lo imagino y de hecho la ley ecuatoriana, así lo permite, te explico como funciona el asunto, de manera concreta:
Para lograr lo antedicho, la ley ha desarrollado, una herramienta innovadora conocida como CONTRATO INTELIGENTE o “SMART CONTRACT”, que se desarrolla y ejecuta a través de programación informática, en base al uso de la tecnología de CADENA DE BLOQUES o “BLOCKCHAIN” comúnmente – y de forma muy limitativa – asociada con las criptomonedas (Bitcoin, Ethereum, Binance Coin, etc) teniendo esta tecnología un sinfín de aplicaciones, que escapan del objeto de esta breve explicación, pero que abordaré en este blog, en próximas entradas.
Para hacerlo simple, el “SMART CONTRACT” es generado y ejecutado por un sistema informático, en base a los términos y condiciones pactados por las partes y programadas previamente; entonces, cuando una de las condiciones pre programadas (conocidas como “gatilladores” “o “triggers”) se dispara, el programa ejecuta directamente la disposición contractual, sin intervención humana; entiéndase sin tener que esperar a que el obligado tenga voluntad de cumplir, y en caso de no tenerla, me toque contratar un abogado, demandar y que un Juez ordene el cumplimiento forzoso, de tal condición o cláusula contractual. Bueno ¿Y el BLOCKCHAIN? Mira a la cadena de bloques, como el “notario” que da fe de los actos, dando seguridad informática a quienes intervienen y al negocio jurídico en general. ¡FANTÁSTICO! Ahora bien, lo explico con un ejemplo:
Aunque no nos demos cuenta, suscribimos y ejecutamos con frecuencia, CONTRATOS INTELIGENTES; por ejemplo, cuando hace un tiempo, descargaste la aplicación de NETFLIX en tu Smart TV y aceptaste los términos y condiciones del servicio, suscribiste un contrato inteligente y no tuviste que firmar nada, de forma física; luego, agregaste tu tarjeta de debito o crédito, para pagar el costo del servicio, no tuviste que pagar dicho costo, en la caja del establecimiento; hecho el pago, quedaste habilitado para disfrutar el catálogo de series y películas de tal plataforma de streaming, sin tener que ir a ningún sitio a pedir la activación; es decir, NETFLIX habría cumplido con la contraprestación, a la que te hiciste acreedor, en virtud de tu pago.
Luego, por algún motivo, el pago mensual periódico del servicio de NETFLIX, fue rechazado por tu banco, lo que habilita a NETFLIX a prohibirte el acceso al servicio; esto sin que la plataforma de streaming, haya tenido que demandarte, para poder ejecutar lo acordado. Lógicamente, verás la forma de pagar lo adeudado, para no perderte el siguiente episodio de tu serie favorita, que está por terminar, pagas y el servicio automáticamente regresa. Así funciona un CONTRATO INTELIGENTE.
Si bien el ejemplo de NETFLIX, es útil para explicar el concepto, debo ser enfático que esta es solo una pequeña, minúscula e ínfima aplicación de los “SMART CONTRACTS” que pueden ser diseñados a medida, para una inmensa diversidad de fines jurídicos, en especial en el ámbito comercial. Piénsalo:
¿Hay procesos en tu actividad que pueden ser automatizados, qué no requieren intervención humana?
Si la respuesta es positiva, considera seriamente en diseñar e implementar un “SMART CONTRACT” y abre las puertas a la transformación digital de tus actividades; siempre asesórate con tu abogado de confianza, al momento de tomar esa decisión.
Por cierto, el CONTRATO INTELIGENTE, se encuentra nominado y regulado en nuestra legislación, en la norma del Art. 77 del Código de Comercio, lo que nos pone a la vanguardia del derecho en la región, ya que no es frecuente, encontrarlo definido de esta forma en el derecho comparado; revisa tal norma, cuando tengas tiempo.
Cualquier duda, me escribes: info@fabriziogarcia.com
Att.
Fabrizio